CASO ANTEQUERA

Conflicto

Nombre del Conflicto:

Impactos en fuentes de agua y contaminación provocados por la Mina Bolívar a las comunidades del Cañadón Antequera, departamento de Oruro Bolivia.

Nombre del proyecto minero:

Mina Bolívar Riesgo Compartido(RC) COMIBOL – Empresa Sinch’i Wayra S.A. (Glencore Suiza)

Estado del proyecto:

La explotación de concentrados de Plomo y Zinc acompañados de Plata, mediante labores subterráneas por el método de subniveles y la concentración por flotación diferencial, los volúmenes de producción son de 2000 ton/día. Cuentan con una planta concentradora de capacidad de tratamiento aproximada de 330000 ton/año, el número de trabajadores es de 205 personas, Monto de inversión de $us 15.7 millones (Manifiesto Ambiental. 1997 y actualizaciones)

Inicio del daño:

Impacto en fuentes de agua, por sobre explotación de acuíferos, desde 2003 aproximadamente.

Contaminación de suelos y aguas superficiales, de carácter histórico (desde el inicio de la actividad minera)

Inicio del conflicto:

13 septiembre de 2006, Juan Bautista Ramos Fernández, Secretario de Organización de la Federación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Oruro (FSUTCO) presenta denuncias sobre disminución del volumen de aguas superficiales y subterráneas en comunidades aledañas a Acre Antequera y sobre contaminación de tierras originarias de origen y vulneración de derecho a la consulta. La denuncia es respaldada por la Subcentral Acre Antequera y las ocho comunidades que la conforman: Chapana, Antequera, Charcajara, Quea Queani Grande, Quea Queani Chico, Huacuyo, Totoral Grande y Totoral Chico.

El 26 y 27 de septiembre de 2006, se realiza inspección ambiental a operaciones de la Empresa Minera Sinchi Wayra proyectos Bolívar y Poopó a cargo de la Dirección General de Medio Ambiente (DGMA) del Vice Ministerio de Biodiversidad Recursos Forestales y Medio Ambiente (VMBRFMA) con la participación de técnicos de la Dirección Departamental de Recursos Naturales y Medio Ambiente (DDRNMA) del Departamento de Oruro, en el marco de la Ley 1333 de Medio Ambiente y sus Reglamentos.

Descripción:

– Actor Generador: Empresa Sinch’i Wayra S.A., subsidiaria de la compañía Suiza Glencore; también la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL) titular de la concesión y socia del riesgo compartido.

– Actor Iniciador: Comunidades de la subcentral campesina Acre Antequera, además de otras comunidades asentadas a la ribera del río Antequera que corresponden al municipio de Pazña. La Coordinadora en Defensa de la Cuenca del Río desaguadero y los lagos Uru Uru y Poopó (CORIDUP) que aglutina a algo más de ochenta comunidades afectadas por contaminación en cuatro subcuencas: Desaguadero Uru Uru, Huanuni, Poopó y Antequera.

– Actores reguladores: Viceministerio de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambios Climáticos, en su calidad de Autoridad Ambiental Nacional; la prefectura del departamento de Oruro, en su calidad de Autoridad Ambiental Departamental a través de la Secretaria Departamental de Recursos Naturales y Medio Ambiente.

Ubicación:

País: Bolivia

Departamento: Oruro

Provincia: Poopó

Municipio: Antequera

Metros de sobre el nivel del mar:

La operación minera se localiza en la cabecera de la subcuenca del cañadón Antequera que se extiende entre los municipios de Antequera y Pazña a una altura de 3686 msnm (Plan de Acción Ambiental del Departamento de Oruro 2005)

Uso de agua:

Respecto al uso de agua la empresa Bolívar RC declara un aproximado de 292680 m3/año, del cual un 73,4% (214920 m3/año) proviene de fuentes subterráneas y 26,6% (77760 m3/año) corresponde a aguas superficiales. La descarga de aguas residuales desde esta operación al río Antequera se registra en 2245 m3/año. De otra parte su Manifiesto Ambiental también declara una salida de aguas desde interior mina con un caudal de 80 litros/segundo.

Area concesionada:

Legislación aplicable:

– Nueva Constitución Política del Estado (NCPE)

– Ley Nº 1333 de Medio ambiente y sus reglamentos

– Código de Minería

– Reglamento Ambiental para Actividades Mineras

– Convenio 169 de la OIT y Declaración de la ONU sobre Pueblos Indígenas, ambos reconocidos por Ley de la República.

Derechos afectados:

– Derecho a la salud y un medio ambiente limpio (NCPE)

– Acceso al agua como derecho humano (NCPE)

– Derecho a la remediación, reparación y compensación de daños (Ley de Medio Ambiente)

– Derecho a la propiedad de los suelos agrícolas que son removidos y contaminados

– Derecho a la información ambiental

– Derecho a la protección y la seguridad

Empresa(s) relacionada(s):

– COMIBOL

Acciones realizadas:

13 septiembre de 2006, Juan Bautista Ramos Fernández, Secretario de Organización de la Federación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Oruro (FSUTCO) presenta denuncias sobre disminución del volumen de aguas superficiales y subterráneas en comunidades aledañas a Acre Antequera y sobre contaminación de tierras originarias de origen y vulneración de derecho a la consulta

26 y 27 de septiembre de 2006. Se realiza inspección ambiental a operaciones de la Empresa Minera Sinchi Wayra proyectos Bolívar y Poopó a cargo de la Dirección General de Medio Ambiente (DGMA) del Vice Ministerio de Biodiversidad Recursos Forestales y Medio Ambiente (VMBRFMA) con la participación de técnicos de la Dirección Departamental de Recursos Naturales y Medio Ambiente (DDRNMA) del Departamento de Oruro, en el marco de la Ley 1333 de Medio Ambiente y sus Reglamentos.

Junio de 2007. Inspecciones ambientales a las operaciones del Cañadón Antequera, a cargo de la DGMA, Ministerio de Minería, Ministerio del Agua y Medio Ambiente de la Prefectura de Oruro, realizadas a solicitud de la CORIDUP.

Agosto – Septiembre 2007. Se participa de los eventos preparatorios de las primeras mesas de Trabajo organizadas por la CORIDUP y se decide integrarse en la Coordinadora.

16 y 17 de Octubre 2007. Realización de las Mesas de Trabajo, cuyas conclusiones en el tema Antequera son:

TEMA AGUA

1. Recomienda a la empresa elaborar un Plan de relacionamiento comunitario propiciando el respeto al derecho de la comunidades

2. Que el ministerio de Aguas, de manera conjunta con la prefectura, Ministerio de Minería, así mismo la empresa Sinch’i Wayra propongan programas de recuperación de aguas con participación de los municipios involucrados y las comunidades

3. Que se haga un estudio hidrológico de la zona, de manera inmediata

4. Continuar con el monitoreo ambiental con participación comunitaria

TEMA TIERRAS

– Se recomienda a la empresa presentar Plan de Relacionamiento comunitario basado en los derechos de consulta OIT, el respeto de los derechos Económicos, Sociales y Culturales. Cumplimiento de compromisos y respetando la independencia de las comunidades, y la libertad de organización.

– Hay agrietamientos hundimientos de tierra y la prefectura debe dar a conocer los resultados de esos estudios y si se determina que no hay una causa natural se instruirá las acciones que corresponda

– Mantener el sistema de monitoreo de las actividades que lleva la empresa y conocer cual el grado de afectación y cumplimiento de las normas

– Recomendar a la empresa evitar remociones de suelos sin autorización de la autoridad ni de los propietarios.

– Que se suspenda las construcciones y movimientos de tierras en la comunidad afectadas

– Dar cumplimiento a los acuerdos desde la fecha

– Que se de continuidad al proceso de socialización de modificación del código de minería

REMEDIACION AMBIENTAL DEL CAÑADON ANTEQUERA

Conclusión

Ante la denuncia de las comunidades. Llevar un proceso de inspección y verificación de los lugares donde las comunidades denuncias problemas, para determinar la necesidad de complementación del Plan de Adecuación y el cumplimiento de los compromisos de la empresa en el manifiesto Ambiental.

20 de diciembre 2007. Inspección en interior mina Bolívar a cargo de la Dirección Departamental de Medio Ambiente, en la que se verifica agrietamientos en sector Muruputu, agua bombeada desde interior mina y situación de dique de colas antiguo. Fruto de la inspección posteriormente la Autoridad Departamental notifica a Sinch’i Wayra, recomendando prever en futuro realizar un estudio geológico con técnicas de geofísica y geotecnia que respalden científicamente las aseveraciones de estabilidad geológica de los agrietamientos; También recomiendan se solicite a los responsables del diagnóstico hidrogeológico se complemente información sobre los tipos de control geológico que permita aseverar que no existe relación entre los acuíferos usados por la empresa y el de las comunidades.

Enero a marzo de 2008. Reuniones en Viceministerio de Medio Ambiente en La Paz, conducidas por la Ing. Mariel Rodríguez, con participación de representantes de la empresa Sinch’i Wayra, para tratar los temas del Plan de Relacionamiento Comunitario y el tema de aprovisionamiento de agua. Las reuniones nos prosperan por las posiciones de la empresa y llegan a romperse sin resultados.

18 de abril 2008. Visita de prefecto Alberto Aguilar y reunión en ambientes de la empresa donde empresa y prefectura asumen compromisos de realizar Estudio hidrogeológico, aprovisionamiento de agua por emergencia, planta de tratamiento de aguas para uso en riego, refacción de viviendas afectadas por agrietamientos entre otros varios.

26 de abril de 2008. Ampliado de emergencia de comunidades de cañadón Antequera, donde se saca Voto Resolutivo de 12 puntos.

13 de junio 2008. Reunión con presencia del prefecto en ambientes de la empresa, donde se ratifica en acta compromisos de aprovisionamiento de agua, estudio hidrogeológico y demás puntos.

Agosto de 2008. Mitin de protesta frente a prefectura por incumplimiento de compromisos.

Septiembre a octubre 2008. Reuniones en prefectura con presencia de representantes de la empresa donde se le s conmina en repetidas ocasiones a cumplir el aprovisionamiento de agua.

Noviembre 2008. Empresa se niega a cumplimiento y a sostener mas reuniones, bajo excusa que la CORIDUP no es reconocida por FSUTCO y que la baja de los minerales no les permite cumplir con compromisos.

4 de diciembre 2008. Realización de inspección en empresa Bolivar, a solicitud de comunidades y CORIDUP, para ver las rajaduras, filtraciones de dique de colas y cumplimiento de aprovisionamiento de agua. La inspección fue en respuesta a negativa de empresa de asistir a reuniones.

Enero de 2009. Empresa presenta descargos a observaciones de inspección acompañando información alterada sobre las filtraciones del dique de colas.

Enero 2009. Subcentral presenta formalmente observaciones a los descargos y denuncia la alteración de documentos pidiendo a la Secretaria de Medio Ambiente de la Prefectura se de parte a Fiscalía por alteración de información.

13 de febrero 2009. Prefectura emite Resolución de Inicio de Proceso a Sinch’i Wayra con base a las infracciones de inspección de 4 de diciembre y por la alteración de información.

Marzo de 2009. Sinch’i Wayra pide se le vuelva a notificar con Resolución por cuanto ha cambiado domicilio legal la cual ahora se encuentra en La Paz, con lo que el plazo para responder al proceso se amplía hasta fines de marzo.

(incluye cronología del conflicto desde las acciones de los actores iniciadores o comunidad, el Estado en sus diferentes niveles y la empresa o empresas involucradas)

Comunidad

Comunidad afectada:

Comunidades: Chapana, Antequera, Charcajara, Quea Queani Grande, Quea Queani Chico, Huacuyo, Totoral Grande, Totoral Chico.

Actividades principales que desarrollan:

Cultivos de papa, haba, cebada y crianza de ganado ovino, camélido y vacuno en niveles de subsistencia

Numero de personas con que cuenta la comunidad o las comunidades:

La población de las comunidades afectadas se localizan en los municipios de Antequera y Pazña, en ambos municipios se tiene un aproximado de 8.821 habitantes. La agricultura pecuaria y pesca, es la actividad principal de un 55.71%, de la población, en tanto un 17.16 % se dedica a la actividad extractiva (INE 2001).

Comentarios:

Debido a los impactos de la actividad minera y la continua y progresiva desaparición de fuentes de agua, existe una fuerte migración hacia las ciudades, teniendo la población un carácter estacional, es decir que hay periodos (siembra y cosecha) con mayor presencia y otros (estiaje) con una notoria disminución de personas presentes en la zona.

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