{"id":178,"date":"2014-04-22T15:15:25","date_gmt":"2014-04-22T15:15:25","guid":{"rendered":"https:\/\/colectivocasa.org.bo\/\/?p=178"},"modified":"2023-11-15T17:43:12","modified_gmt":"2023-11-15T17:43:12","slug":"proyecto-de-ley-de-mineria","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/colectivocasa.org.bo\/?p=178","title":{"rendered":"PROYECTO DE LEY DE MINER\u00cdA:"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/colectivocasa.org.bo\/wp-content\/uploads\/2020\/09\/600x6001308774497_Drummond_Itochu_foto_1.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-1505\"\/><\/figure>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>POR UN VERDADERO CONSENSO NACIONAL PARA SUPERAR UNA LEY PRIVATISTA, ANTI IND\u00cdGENA Y QUE NOS CONDENA AL EXTRACTIVISMO Y LA DEPENDENCIA.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De manera inesperada, el tratamiento en la asamblea\nlegislativa del proyecto de Ley de Miner\u00eda, \u201cconsensuado\u201d entre los actores\nmineros y el gobierno en un herm\u00e9tico secreto durante tres a\u00f1os, result\u00f3 en un\nconflicto nacional que de manera excepcional permiti\u00f3 hacer p\u00fablico su\ncontenido hac\u00eda el resto de los sectores sociales, que con mucha indignaci\u00f3n\nconstataron la introducci\u00f3n de una serie de vulneraciones a los derechos\nsociales y privilegios a favor de los operadores mineros, para favorecer los\nintereses de quienes lucran con la actividad minera.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Debe llamarnos la atenci\u00f3n que, si bien la\ncontroversia que sac\u00f3 del silencio a este proyecto de Ley fueron las modificaciones\nespecialmente de los art\u00edculos 132 y 151, el primero referido a la aprobaci\u00f3n\npor la Asamblea Legislativa de los contratos con las cooperativas mineras\n(cuentapropistas) y el segundo respecto de adecuar a la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\nlos contratos de las cooperativas con otras empresas, el conjunto del proyecto\nde Ley fue aprobado y de no haber mediado esta discrepancia entre las\ncooperativas y el gobierno, hoy estar\u00edamos ante una nueva Ley Minera que, como\nse denunci\u00f3 desde distintas organizaciones sociales e instituciones\ncomprometidas, profundiza el despojo de derechos y la p\u00e9rdida de soberan\u00eda\nsobre los recursos naturales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ese antecedente, tambi\u00e9n debe ponernos en alerta en\nsentido que si las cooperativas y el gobierno superan su coyuntural diferencia,\nlo m\u00e1s probable es que este proyecto de Ley continuar\u00e1 su tratamiento hasta su\naprobaci\u00f3n final, sin haberse modificado en lo m\u00e1s m\u00ednimo su esencia pro\nintereses privados y contrapuesto a los derechos sociales y del medio ambiente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por ello es conveniente puntualizar nuevamente\nsobre aquellos ejes de este proyecto de Ley, que atentan contra la sociedad y\nla naturaleza.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>&#8211; Profundizaci\u00f3n del extractivismo y la dependencia<\/strong>. Ya es una verdad de Perogrullo,\nafirmar que Bolivia es un pa\u00eds de base econ\u00f3mica primaria exportadora,\naltamente dependiente de la extracci\u00f3n y exportaci\u00f3n de materias primas, como\nlos minerales. A pesar de saber esta realidad y de la situaci\u00f3n desventajosa en\nla que nos coloca continuar en este tipo de econom\u00eda, fr\u00e1gil a las variaciones y\ncaprichos del mercado internacional de los <em>commodities, las pol\u00edticas de Estado como lo refleja la aprobaci\u00f3n del\nproyecto de Ley de Miner\u00eda, insisten en continuar y profundizar por esa v\u00eda. La\ntan mentada \u201cindustrializaci\u00f3n\u201d, en este proyecto de Ley no pasa de una menci\u00f3n\ngen\u00e9rica reducida a un solo art\u00edculo (Art. 9 del proyecto de Ley), el conjunto\ndel contenido es una reiteraci\u00f3n de la orientaci\u00f3n de la Ley del C\u00f3digo de\nMiner\u00eda a\u00fan vigente, que prioriza la sola extracci\u00f3n en bruto de los minerales\ny su exportaci\u00f3n. <\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>&#8211; Continuidad del predominio privado transnacional\nde la miner\u00eda.<\/strong> Los\nresultados de casi 17 a\u00f1os de implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica minera contenida en\nla Ley vigente que tuvo como contexto de su aprobaci\u00f3n un gobierno neoliberal y\nabiertamente identificado con los intereses de las transnacionales mineras \u2013 no\nse debe olvidar que Sanchez de Lozada, al momento de aprobar la ley era el\nmayor accionista de la empresa minera COMSUR, actualmente Sinch\u00b4i Wayra de la\nGlencore de Suiza \u2013 dej\u00f3 como resultado que cerca del 97% del volumen de\nproducci\u00f3n minera este controlada por privados (seg\u00fan datos del 2012 el 75% en\nmanos de empresas transnacionales, el 21% de privados como mineros chicos y\ncooperativas y solo el 3% a cargo del Estado). En el proyecto de Ley, se puede\nconstatar revisando los art\u00edculos 61 al 78, referidos a la minera estatal\nCOMIBOL, que lejos del fortalecimiento de la estatal, se orienta a su reducci\u00f3n\ny encasillamiento a sus actuales operaciones, privatizando incluso aquellas\n\u00e1reas mineras nacionalizadas en la revoluci\u00f3n de 1952, al disponer la\nadecuaci\u00f3n de las \u00e1reas mineras que COMIBOL haya arrendado a las cooperativas\nen contratos administrativos (art. 63 del proyecto de Ley), solo por citar un\nejemplo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>&#8211; Criminalizaci\u00f3n de las luchas sociales.<\/strong> Sin duda uno de los principales\nobst\u00e1culos para la entrega de los yacimientos mineros a los capitales\ntransnacionales, como tambi\u00e9n para una extracci\u00f3n con bajos costos ambientales,\ntransfiriendo el costo y responsabilidad de los problemas de contaminaci\u00f3n a\nlos afectados, es la tenaz resistencia y acci\u00f3n social de las comunidades que\nante el avasallamiento de sus territorios, ante la contaminaci\u00f3n de sus aguas y\ntierras ejercen acciones en defensa de sus derechos. Precisamente para salvar\nese \u201cobst\u00e1culo\u201d el proyecto de Ley de Miner\u00eda aprobado en la c\u00e1mara de\ndiputados, establece una dur\u00edsima penalizaci\u00f3n de las posibles acciones que\ndesplieguen actores sociales en contra de la actividad minera. La\ncriminalizaci\u00f3n contra la protesta social seta contenida en los art\u00edculos 99 al\n101 del proyecto de Ley, a t\u00edtulo de \u201cSeguridad Jur\u00eddica\u201d donde se va m\u00e1s all\u00e1\nde solo penalizar cualquier acci\u00f3n que perturbe a la actividad minera, se\npenaliza la sola amenaza verbal o escrita, esto significa que cualquier pronunciamiento\nde una organizaci\u00f3n social o dirigentes, ser\u00e1 pasible a ser tipificada como\namenaza y procesada penalmente, as\u00ed mismo se har\u00e1 responsables por los posibles\nda\u00f1os econ\u00f3micos que pudieran haber causado las acciones contra los operadores\nmineros. En tanto del otro lado de la balanza, reina la absoluta desprotecci\u00f3n\ne indefensi\u00f3n de las comunidades y toda poblaci\u00f3n que se sienta afectada por\nuna operaci\u00f3n minera, frente a la cual seg\u00fan las disposiciones del proyecto de\nLey solo le queda resignarse.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>&#8211; Despojo de tierras y aguas a las comunidades.<\/strong> Entre los art\u00edculos 107 al 112\ndel proyecto de Ley de Miner\u00eda, se establecen una serie de prerrogativas a\nfavor de los operadores mineros para expropiar a comunidades y poblaciones de\nsu posesi\u00f3n de tierras, uso de aguas y otros recursos a favor de sus\noperaciones. Esta figura en realidad es una subvenci\u00f3n desde la sociedad y la\nnaturaleza a las operaciones mineras, peor a\u00fan a operaciones privadas\ntransnacionales, por cuanto permite ingresar de manera gratuita, en el caso del\nagua, grandes vol\u00famenes de este recurso a un uso econ\u00f3mico, desposeyendo de\neste recurso a comunidades que tienen un uso social y de subsistencia del mismo\nrecurso. As\u00ed mismo contraviene los principios de las luchas sociales del 2000 de\nla denominada \u201cGuerra del Agua\u201d que luego se hicieron preceptos\nconstitucionales, en sentido de rechazar la privatizaci\u00f3n del agua, pues la\ndesposesi\u00f3n del agua a favor de empresas mineras transnacionales en los hechos\nes una forma de privatizaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>&#8211; Conculcaci\u00f3n del derecho a la Consulta Previa\nLibre e Informada.<\/strong>\nFinalmente, una de las mayores vulneraciones y desvirtuaciones al derecho a la\nConsulta Previa Libre e Informada, sucede entre los art\u00edculos 214 al 223 del\nproyecto de Ley, donde en primer lugar, se niega la consulta en la fase de\nexploraci\u00f3n, lo cual es una abierta violaci\u00f3n del numeral 15 del art\u00edculo 30 de\nla Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, que claramente establece que \u201ctoda medida\nadministrativa o legislativa que afecto los intereses de un pueblo ind\u00edgena\ndebe ser puesto en consulta previa\u201d, en este caso una autorizaci\u00f3n de\nexploraci\u00f3n, es sin duda una medida administrativa, y al estar referida a la\nrealizaci\u00f3n de actividades de exploraci\u00f3n dentro un territorio ind\u00edgena, afecta\nsus intereses y derechos, por lo cual debiera ser consultado. En segundo lugar,\nel procedimiento que se establece en este proyecto de ley dista mucho de\nbasarse en los procedimientos y normas propias de los pueblos ind\u00edgenas como\ndebiera ser una consulta previa y al contrario est\u00e1 m\u00e1s cerca de ser una mera\naudiencia p\u00fablica, de car\u00e1cter informativo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por todo lo anterior,\nes importante que desde las organizaciones sociales e instituciones, ante un\neventual entendimiento de las cooperativas mineras y el gobierno, que reinicie\nel proceso de aprobaci\u00f3n, sin que se revise el esp\u00edritu que da continuidad a la\nactual Ley minera vigente, que se refleja en los cinco anteriores ejes se\nactive la voz de la sociedad civil, reclamando la democratizaci\u00f3n del\ntratamiento del proyecto de Ley y se exija un verdadero consenso nacional, de\nuna ley que es de inter\u00e9s de todas y todos las y los bolivianos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>POR UN VERDADERO CONSENSO NACIONAL PARA SUPERAR UNA LEY PRIVATISTA, ANTI IND\u00cdGENA Y QUE NOS CONDENA AL EXTRACTIVISMO Y LA DEPENDENCIA. 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